REFUERZAN REGLAMENTACIÓN SOBRE ALIMENTOS EN ESCUELAS

Las autoridades educativas han establecido nuevas disposiciones respecto a los alimentos permitidos dentro de los planteles escolares. Conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-051, se prohíbe la venta y distribución de productos con alto contenido de azúcar, incluyendo gomitas, golosinas, helados de crema y otros artículos con sellos de advertencia.

Asimismo, queda restringida la comercialización de productos clasificados como comida chatarra, tales como pizzas, hamburguesas, hot dogs, frituras y chocolates, entre otros. En su lugar, se promueve el consumo de alimentos frescos de origen natural y de temporada, destacando frutas, verduras, cereales sin azúcares añadidos, tubérculos sin sodio o grasas añadidas, leguminosas, así como carnes de pescado y pollo sin piel ni grasa. También se recomienda la ingesta de productos lácteos elaborados con leche descremada o semidescremada y el consumo de agua simple.

Las instituciones educativas que no cumplan con estas disposiciones podrán enfrentar sanciones conforme a la Ley General de Educación. Entre las penalizaciones se contemplan multas que oscilan entre 100 y 1,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), lo que representa montos de hasta 113,140 pesos. Además, en casos donde se determine que la salud de los estudiantes está en riesgo, las autoridades podrán proceder con la revocación de la autorización o el retiro del Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE).

Estas medidas buscan regular la alimentación dentro de los centros educativos con el fin de cumplir con los estándares establecidos por la Secretaría de Educación Pública (SEP) y la administración federal.

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