El Gobierno de la Ciudad de México anunció nuevas disposiciones para regular la circulación de motocicletas, scooters y otros vehículos eléctricos personales que superen los 25 kilómetros por hora. Las medidas entrarán en vigor a partir del 1 de julio de 2026.
La Secretaría de Movilidad (Semovi) informó que los conductores de estos vehículos deberán contar con placas, tarjeta de circulación y licencia tipo A1 o A2, además de utilizar casco de manera obligatoria.
Las nuevas reglas aplicarán a los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), categoría que incluye unidades con motor superior a 250 watts y capacidad para rebasar los 25 kilómetros por hora. Las autoridades dividieron estos vehículos en dos tipos: tipo A, con peso menor a 35 kilogramos, y tipo B, de hasta 350 kilogramos.
El reglamento establece que estos vehículos no podrán circular sobre banquetas, ciclovías, carriles confinados para transporte público ni en vías donde el límite de velocidad supere los 50 kilómetros por hora. También quedará prohibido conducir bajo efectos del alcohol.
La Semovi señaló que las bicicletas eléctricas con motores menores a 250 watts y velocidad máxima de 25 kilómetros por hora quedarán exentas del emplacamiento, aunque deberán portar un Distintivo de Movilidad Eléctrica.
Las sanciones por incumplir las nuevas disposiciones comenzarán a aplicarse de forma gradual a partir del 1 de septiembre de 2026. Las multas irán de 10 a 20 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a montos de entre mil 175 y 2 mil 350 pesos, dependiendo de la reincidencia
