El Congreso aprobó una reforma al Código Penal que establece el derecho a la legítima defensa dentro del domicilio sin responsabilidad penal para quien actúe en estas circunstancias.
La modificación señala que, si una persona ingresa a una vivienda con fines delictivos o violentos, el habitante podrá repeler la agresión utilizando los medios disponibles, incluso cuando esto cause lesiones o la muerte del intruso.
De acuerdo con la diputada Libia Dennise García Muñoz Ledo, la reforma garantiza que no se inicie un proceso penal en contra del morador que actúe en defensa propia dentro del hogar.
La disposición aplicará únicamente en casas habitación, incluyendo patios, jardines, bardas, azoteas y áreas aledañas, sin contemplar negocios ni oficinas.