La CURP Biométrica comenzó a implementarse el 16 de octubre de 2025 en México, conforme al decreto publicado el 16 de julio de 2025 en el Diario Oficial de la Federación, que reforma la Ley General de Población.
Este documento incorpora datos biométricos como huellas dactilares, fotografía digital, escaneo de iris y firma electrónica a la Clave Única de Registro de Población tradicional.
El trámite se realiza de forma voluntaria durante la fase inicial, con módulos disponibles en entidades como Ciudad de México, Veracruz y Estado de México, además de plataformas digitales como Llave MX. La Secretaría de Gobernación, en coordinación con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, gestiona la recopilación de datos, que requiere el consentimiento expreso de los titulares.
Instituciones públicas y privadas deben aceptar la CURP Biométrica como identificación válida una vez presentada, bajo pena de apercibimientos y multas de entre 10,000 y 20,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización equivalente a 1.13 millones y 2.26 millones de pesos en 2025 por incumplimiento reiterado.
La transición es gradual, sin sanciones directas para personas que no actualicen su CURP en esta etapa. La versión tradicional permanece válida hasta que se emita un reglamento que establezca su obligatoriedad futura. El proceso busca validar identidades en trámites digitales y físicos, conectar bases de datos para localizar personas desaparecidas y reducir duplicidades en registros.
Para menores de edad, el gobierno definirá mecanismos de integración biométrica en un plazo de 120 días a partir de julio de 2025, con fecha tentativa del 13 de noviembre. El Registro Nacional de Población opera 145 módulos físicos a nivel nacional para el trámite, que es gratuito.