SENADO APRUEBA LEY GENERAL CONTRA LA EXTORSIÓN CON MEDIDAS DE ANONIMATO PARA VÍCTIMAS

El Senado de la República aprobó la minuta para expedir la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión, con 110 votos a favor y sin votos en contra. El dictamen, que modifica el Código Penal Federal, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley Nacional de Extinción de Dominio y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, regresa a la Cámara de Diputados para revisión debido a los cambios incorporados.

La ley establece un marco jurídico uniforme para combatir el delito de extorsión en las 32 entidades federativas, con persecución de oficio que no requiere denuncia identificada de la víctima. Incluye la creación de unidades especializadas en fiscalías, con policías, analistas y ministerios públicos capacitados en la materia.

Los recursos obtenidos por extinción de dominio relacionados con extorsiones se destinan prioritariamente a la reparación del daño a las víctimas.
Entre las disposiciones, se prevé la reserva de identidad y datos personales de víctimas, ofendidos y testigos durante el procedimiento penal, para evitar la divulgación de nombres, domicilios, lugares de trabajo o cualquier información que los exponga a riesgos. Las medidas incluyen el uso de procedimientos que impidan la identificación visual o auditiva en diligencias, participación remota mediante tecnologías y notificaciones dirigidas a través de asesores jurídicos o el Ministerio Público.

Estas protecciones se aplican conforme al artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales y no afectan la defensa del imputado.
La norma ordena el bloqueo judicial de números telefónicos asociados a llamadas extorsivas desde centros penitenciarios, mediante la anulación del IMSI e IMEI por parte de concesionarios de telecomunicaciones. Autoriza el ingreso de autoridades a lugares sin orden judicial en casos urgentes, según el artículo 290 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Las personas condenadas por extorsión pierden derechos a libertad anticipada, sustitución de pena o beneficios preliberacionales previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal.

Las penas por extorsión oscilan entre 15 y 25 años de prisión, con agravantes que elevan el máximo a 42 años en casos como los cometidos por reos, con violencia, por delincuencia organizada, “montachoques” o cobro de “derecho de piso”. Se tipifica como agravante el uso de dispositivos electrónicos o plataformas para la transmisión de datos, con incrementos de hasta 12 años adicionales. Para extorsiones digitales, las sanciones pueden llegar a 37 años.

Se impone prisión de 10 a 20 años y multas equivalentes a 200 a 400 veces la Unidad de Medida y Actualización a servidores públicos —como policías, ministerios públicos, fiscales, custodios o jueces— que omitan denunciar actos de extorsión conocidos en el ejercicio de sus funciones. Quienes introduzcan teléfonos inteligentes u otros dispositivos electrónicos en penales enfrentan de 6 a 12 años de cárcel, al igual que autoridades penitenciarias que faciliten su uso para delitos.

Los centros de reclusión cuentan con 180 días tras la promulgación para implementar tecnologías que inhiban señales de telefonía y comunicaciones electrónicas, y retirar equipos de los internos. La ley fortalece denuncias anónimas a través de la línea 089.

Durante la discusión en comisiones y pleno, se incorporaron alrededor de 20 modificaciones a 15 artículos, más una disposición transitoria. Dos reservas de Morena fueron avaladas: una para incluir perspectiva de género en la atención a víctimas, en los artículos 3, 33 y 41; y otra para ampliar agravantes a cualquier medio electrónico en la comisión del delito, en el artículo 17. Otras propuestas, como ajustes a penas o procedimientos, se rechazaron por mayoría.

El delito de extorsión afecta a sectores como comercios, transportistas, empresas medianas y grandes, gobiernos municipales y vendedores ambulantes, mediante cuotas de “piso”, accidentes fingidos o llamadas coercitivas desde prisiones. La norma forma parte de la Estrategia Nacional de Seguridad y busca reducir la impunidad, aunque legisladores de oposición señalaron la necesidad de presupuestos específicos para su implementación efectiva.

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