La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, el 9 de julio de 2025, autorizar el embargo excepcional de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) para garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores de edad. La decisión, tomada por unanimidad en la Primera Sala, establece que este embargo procederá únicamente cuando el deudor alimentario esté desempleado y no cuente con otros bienes o ingresos para cumplir con su obligación, priorizando el interés superior de la niñez.
El fallo, derivado del amparo en revisión 652/2024, surge tras el caso de un ex trabajador del Estado que, al quedar desempleado, no pudo cumplir con la pensión alimenticia de sus hijos. La madre de los menores solicitó el uso de los fondos de la Afore, pero un juez inicialmente lo rechazó, amparándose en el artículo 79 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, que prohíbe embargos. La SCJN determinó que este artículo no es inconstitucional, pero debe interpretarse de manera que permita excepciones para proteger los derechos de los menores.
El embargo se limitará al monto que el trabajador podría retirar por desempleo, es decir, hasta el 10% del saldo de la subcuenta o el equivalente a 65 días de su salario básico en los últimos cinco años, lo que resulte menor. Antes de proceder, los jueces deberán verificar que el deudor no tenga aportaciones voluntarias disponibles, las cuales serían embargadas de manera preferente. La Asociación Mexicana de Afores (Amafore) respaldó la resolución, destacando que equilibra la protección de los menores con el derecho al ahorro para el retiro.
Esta medida marca un precedente en la justicia familiar en México, donde, según el INEGI, 4.18 millones de hogares enfrentan la ausencia paterna y dependen de madres trabajadoras que luchan por obtener pensiones alimenticias. La resolución busca garantizar la subsistencia de los menores, aunque plantea desafíos operativos, como la coordinación entre juzgados y Afores para su implementación.
